Alcaldia de Conchagua aplica Ordenanza Municipal.

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La Unidad de Registro y Control Tributario Municipal de la Alcaldía de Conchagua, aplicó el día miercoles 30 de junio del 2010 la Ordenanza Municipal que dicta el retiro de las vallas publicitarias, rotulos y cualquier otro anuncio publicitario de empresas que no estan debidamente registradas. Donde se les dio un tiempo prudente después de la notificación dando un plazo de 15 días para cancelar lo adeudado o por lo contrario la publicidad seria removida de las zonas.

Este miercoles el Ing. Iván Hernández jefe de la unidad de Registro y Control Tributario Municipal, en compañia del Sr. Sindico Prof. Jorge Alberto Rovira yel Concejal Jaime Manfredy Zelayandía, iniciario con las labores del retiro de los rótulos que hicieron caso omiso a la notificación. Ese dia se retiraron 20 anuncios en rótulos y vallas que adeudaban a la alcaldía un monto de $6,000.00 en multa, los lugares identificados son el área del Caserío La Paz, el redondel El Soldado, Lotificación La Trinidad del Cantón Huisquil, la meta es retirar las 40 infraestructuras metálicas que ofrecen un productos determinados y que aun no se ha tenido ningun tipo de resolución por parte de los dueños o empresas.

Sin embargo se habían descubierto desde el día de la vigencia de la ordenanza municipal 53 rótulos y vallas publicitarias que no estaban registradas ni con licencia, pero debido a las noticicaciones 13 empresas se acercaron antes de los días hábiles para solucionar dicho problema, recibiendo asi un estimado de $350.00 en multas y licencias, obteniendo mensualmente por tasas mensuales un monto de $460.15 estos fondos son inyectados a proyectos que beneficia a la comunidad.

NOTA: Si las empresas o propietarios de los amonestados consideran instalar nuevamente publicidad deban hacer un nuevo tramite pero la instalación de un nuevo rótulo.

La Ordenanza Municipal fue publicada en el Diario Oficial, el miercoles 16 de septiempbre de 2009. Tomo 384, numero 171, Art. N°4.

Art. N°4.

Cuando la Municipalidad verifique vallas publicitarias, rótulos, postes o cualquier otro objeto, que se no encuentre regustrado, estas serán retiradas en un periodo de 15 días a partir de su notificación, sin ningun derecho para el propietario de reclamar a la Alcaldía Municipal por daños, perjuicios o indemnización.